Vivienda Saludable

Plan Renove Ventanas Galicia 2016

Plan Renove ventanas Galicia

Galicia, a través de la Consejería de Economía, Empleo e Industria (CEEI), lanza para este 2016 esta ayuda de la que podrás aprovecharte desde el 1 de marzo para la renovación total o parcial de ventanas que formen parte de la envolvente térmica del edificio por la compra de nuevas ventanas para las viviendas situadas en la región de Galicia. Desgranamos parte por parte todos los aspectos a tener en cuenta del recién estrenado Plan Renove de ventanas:

Plazo

Esta subvención estará vigente hasta el 30 de septiembre de 2016 o hasta el agotamiento total de los fondos destinados a la subvención: 1.700.000€.

Beneficiarios

Puede acogerse al plan cualquier persona física propietaria o titular de cualquier derecho sobre inmuebles del sector residencial y también pueden acogerse las comunidades o mancomunidades de vecinos, siempre que la actuación subvencionable descrita en el artículo 3 se realice en viviendas sitas en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Cuantía de la ayuda

La cuantía de la ayuda ascenderá a un máximo de 100 €/m2 de hueco, con un límite de 3.000€ por vivienda unifamiliar/piso.

En el caso de comunidades de propietarios o edificios de viviendas, la ayuda máxima será de 3.000€ por vivienda unifamiliar/piso, con el máximo de 50.000€ por edificio. En cualquiera caso, la cantidad de la subvención no podrá ser superior al 25% del coste total de la obra.

Por supuesto, a esta ayuda económica hay que sumarle otras ventajas que la instalación de unos buenos cerramientos tendrá para el hogar: mejora en el aislamiento térmico y acústico y, con ello, del ahorro energético, mejora del confort y la seguridad, revalorización de la vivienda, etc.

Requisitos

– Disponer de marcado CE conforme a la norma UNE EN 14351 – 1: 2006.

– Exigencias mínimas de eficiencia energética:

Opción A: carpintería de madera o PVC y acristalamiento que cumpla alguno de los siguientes requisitos:

a.1. Doble acristalamiento con cámara de 12 mm o superior para vidrios normales.

a.2. Doble acristalamiento con cámara de 6 mm o superior y con cristal bajo emisivo (con emisividad menor o igual a 0,1).

Opción B: carpintería metálica con rotura de puente térmico de 12 mm o superior con doble acristalamiento con cámara de 6 mm o superior y con acristalamiento bajo emisivo (con emisividad menor o igual a 0,1).

En todo caso, la instalación de estas carpinterías deberán cumplir con la exigencia mínima establecida en el Código técnico de la edificación que corresponda y según lo dispuesto en la Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, por la que se actualiza el documento básico DB – HE «Ahorro de energía», del Código técnico de la edificación, aprobado por Real decreto 314/2006, de 17 de marzo.

Además, será subvencionable la colocación de una nueva ventana paralela a la existente (doble ventana), siempre y cuando esta nueva ventana satisfaga los requisitos energéticos citados.

También será subvencionable la renovación de puertas que separen estancias calefactadas del exterior, siempre y cuando cumplan con las especificaciones técnicas de este artículo y tengan marco por todo el perímetro.

Se consideran costes subvencionables la retirada de las ventanas existentes, la fabricación de las nuevas ventanas y su instalación, siempre y cuando venga detallado en la factura

Trámites y procedimiento

La solicitud se hará preferentemente de forma online y son las empresas adheridas al Plan las encargadas de tramitar la solicitud (hacer la reserva de los fondos, presentar la solicitud y presentar la documentación justificativa de la actuación).

Además, la ejecución de la obra y la presentación de la documentación de la misma debe realizarse en los 150 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de la concesión de la ayuda a través de la aplicación informática, y antes del 30 de septiembre de 2016.

Para más información ver la página web de la Junta de Galicia o llamar a los teléfonos 012 ó 902 12 00 12.

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