Plan renove para el cambio de ventanas Valencia 2017

La Comunidad Valenciana arranca el mes con el Plan Renove de ventanas 2017. Si resides en Valencia, no lo dudes y comienza los tramites necesarios ¿no sabes cómo? Te explicamos todos los detalles para que puedas dar un paso más en tu vivienda saludable.

Cada vez son más las comunidades que van activando sus Planes Renove de ayudas 2017. En este caso, la Comunidad Valenciana se suma junto con Galicia y la Comunidad de Madrid al Plan Renove para cambio de ventanas 2017.

La Conselleria de Economía Sostenible de la Comunidad Valenciana a través de Ivace Energía, convoca las ayudas para renovación de ventanas. El plazo de inscripción estará abierto desde el 6 de marzo hasta el 30 de junio de 2017. Te facilitamos toda la información necesaria para que puedas dar un paso más en la eficiencia energética de tu vivienda saludable.

PLAZOS

El Plan estará activo desde 6 de marzo hasta el 30 de junio de 2017, si los fondos disponibles 750.000 euros, no se acaban antes. En caso de finalización de los fondos, antes de la fecha el plan quedará cerrado.  Si estás interesado en el cambio de ventanas, no lo dudes y realiza la tramitación cuanto antes para estar seguro de que aún hay fondos.

DESTINATARIOS

Personas físicas, usufructuarias o arrendatarias de viviendas ubicadas en la Comunitat Valenciana.

Niño mirando por la ventana

CUANTÍA DE LA AYUDA

Los fondos destinados a este Plan Renove cambio de ventanas 2017, ascienden a 750.000 euros.

La cuantía de la ayuda individual será como máximo de 90 €/m2 para renovaciones completas de las ventanas o puertas-ventana (acristalamiento, marco y premarco). La ayuda se compone de 2 partes:

  • La aportación del IVACE que será como máximo de 75 €/m2 y que se ingresarán en la cuenta bancaria del solicitante tras verificar la documentación.
  • La aportación de la empresa instaladora que consistirá en un descuento de 15 €/m2 que se realizará directamente en la factura (antes de aplicar el IVA).

La cuantía de la ayuda para la adquisición de los diferentes elementos (acristalamiento, marco, premarco e instalación) no podrá ser en su totalidad una reducción del precio del mismo superior al 30% del coste del acristalamiento, marco, premarco y montaje (IVA incluido y descontada la aportación del instalador), por lo que se deberá reducir en su caso la cuantía de la ayuda hasta dicho límite.

Asimismo la cuantía de ayuda máxima será de 3.000 € por vivienda.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

La renovación de ventanas y puertas-ventana (acristalamiento, marco y pre-marco) en viviendas que cumplan con las siguientes especificaciones técnicas:

  • Las ventanas y puertas ventana deberán formar parte de los cerramientos a exterior de la vivienda (que separen los recintos o estancias calefactados o refrigerados del ambiente exterior).
  • Los acristalamientos a sustituir deberán ser acristalamiento simple. En el caso de sustitución de ventanas y puertas-ventanas correderas ineficientes térmicamente, los acristalamientos existentes podrán ser simples o dobles.
  • Las nuevas ventanas y/o puertas-ventana deberán contar con marcado CE.
  • Las nuevas ventanas y/o puertas-ventana tendrán una permeabilidad al aire ≤ 27 m3/h•m2 a 100 Pa (Clase 2 o superior) según norma UNE-EN 12207
  • Las características térmicas de las nuevas ventanas y puertas ventana deberán ser dependiendo de la clasificación de poblaciones recogidas en el Anexo I, las detalladas en la siguiente tabla:

Tabla de detalles técnicos

Hay que tener en cuenta estos casos porque no serán considerados susceptibles de ayuda:

  • Renovaciones de ventanas y puertas-ventana que conlleven a un aumento de la superficie acristalada en más de un 25%.
  • Los cerramientos acristalados que se coloquen o renueven con la finalidad de cerrar terrazas, balcones o galerías, o amplie la superficie habitable de la vivienda, ya que estos suponen una modificación y no una rehabilitación térmica del edificio.
  • La renovación de ventanas o puertas-ventana interiores ubicados en cerramientos en contacto con espacios habitables.
  • La renovación de los marcos o acristalamientos únicamente
  • La instalación o renovación de persianas, dispositivos de lamas, toldos, “films” o “screens” de protección solar
  • Se considerarán sólo proyectos cuya inversión sea superior a 1.000 €, IVA no incluido.
  • No podrán acogerse a las presentes ayudas las inversiones realizadas con anterioridad a la fecha de inicio de la campaña.

 

Documentación necesaria para adherirse

Si has decidido dar el paso para cambiar tus ventanas, ponte en contacto con una de las empresas instaladoras adheridas al Plan Renove, que puedes consultar en la página web informativa de los Planes Renove de IVACE.

A partir de este momento la empresa instaladora será la encargada de realizar el proceso de tramitación de la solicitud, vía telemática. Esta  debe ser correctamente cumplimentada y estar acompañada por:

  • Datos de identidad del solicitante (fotocopia del DNI/NIE)
  • Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la seguridad social (incluida en la solicitud normalizada)
  • El presupuesto aceptado por el mismo.
  • La solicitud debe estar firmada por el comprador (beneficiario de la ayuda) y el instalador o la empresa instaladora. Ambos deberán guardar una copia, además de adjuntarla junto con  toda la documentación anterior.

Tras el envío, se otorgará a la solicitud  un número de expediente y una fecha de registro, que se tendrá en cuenta como criterio de concesión de las ayudas. Desde la oficina de campaña se verificará que cumple con todos los requisitos necesarios para adherirse al Plan y que la documentación enviada es correcta. En caso de que haya que subsanar dicha documentación, se podrá hacer en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación. Si la documentación no es entregada en ese plazo, se eliminará la solicitud.

Todos los datos, documentos o informes complementarios al cambio de ventanas deben ser guardados, ya que el propio IVACE como la oficina de campaña pueden solicitarlos.

Una vez la ayuda ha sido concedida, el pago de la cantidad que corresponda lo realizará el IVACE en la cuenta bancaria facilitada en la documentación de la solicitud de ayudas.

 

Con el fin de que tengamos conocimiento del contenido integro de la resolución de concesión de las ayudas,  este se publicará a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones y podrá consultarse en  la página del IVACE y en la página web específica del plan.

 

Si necesitas más información, no dudes en llamar al teléfono  900 90 14 28 o contacta a través del correo electrónico: info_renove@gva.es

 

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